lunes, 19 de octubre de 2015

Características del Derecho .... Lo medular del asunto.


Características del Derecho




La antigua ley el cuidado personal de los hijos por el solo hecho de separarse los padres correspondía a la madre. Atendido eso para que un padre pudiera obtener el cuidado personal de sus hijos, era necesario iniciar un juicio con la sola finalidad de inhabilitar a la madre en su rol, un ejemplo: Alegando que esta tenía consumo problemático de alcohol o drogas, presentando las pruebas necesarias de que eso era así, pasaba ebria y descuidaba a los hijos. “Pasa todos los días curá” como zapato y descuida a los niños.

El problema era ¿Qué sucedía si la madre no contaba con ninguna inhabilidad? La respuesta era sencilla para un abogado que fuera honesto con su cliente: “Señor usted no le podrá quitar el cuidado personal de sus hijos"  y con justa razón muchos padres de Chile se sintieron gravemente discriminados y vulnerados en sus derechos por largos años llegando a crear grupos de apoyo de alto impacto que hicieron posible esta reforma.

Es así que nuestra legislación se reformó y nació una nueva ley, la Ley 20.680 que modifica el Código Civil y otras leyes de la materia, pretende acabar con esta dinámica, instaurando el principio de corresponsabilidad, lo que en términos sencillos significa que ambos padres son responsables del cuidado personal de sus hijos, terminando con la discriminación de género, incentivando el acuerdo y la comunicación entre los padres separados. Hoy en día no es necesario probar inhabilidad de la madre, estableciéndose de alguna forma una situación más justa.

No es casualidad que el “cuidado Personal” también se relacione con el cuidado personal en el ámbito de la salud, ya que el propósito principal de la higiene es el de prevenir las enfermedades y mantener o mejorar la apariencia, ya que este es un aspecto muy importante a nivel social, somos aceptados, acogidos por los demás, y esto se relaciona con el derecho de educar y criar a los niños, esos “valores” que hoy en día, son desechables y no son tan importantes.


Es por esto que el  cuidado personal compartido es un régimen o modo de vida que procura estimular la corresponsabilidad de ambos padres que viven separados, en la crianza y educación de los hijos comunes, mediante un sistema de residencia que asegure su adecuada estabilidad y continuidad, clave para el desarrollo de los niños.







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